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Los problemas legales de la externalización de servicios
En El Mundo, Javier Maestre publica El cuento de la lechera 2.0: «Por lo demás, bien pudiera ser también que el cuento tuviera un final feliz, siempre que nuestro empresario encontrara algún funcionario o juez que considerara que proporcionar un sistema de mensajería a empleados clientes y proveedores no constituye una explotación de redes o la prestación de servicios de comunicaciones que consistan, total o principalmente, en el transporte de señales a través de redes de comunicaciones electrónicas, que el sistema de contratación permite acreditar la celebración del contrato y su contenido con las menciones exigibles, que los servidores se encuentran ubicados en un sitio que cumpla con las garantías adecuadas... Pero el susto, los quebraderos de cabeza y los euros perdidos por el camino no se los quita nadie». En el cuento se propone el caso de un empresario que decide usar una aplicación externa (Google Apps) y los posibles problemas con la legislación actual. Actualización: Varios de los comentarios en el hilo ponen en duda los argumentos del artículo.
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Los problemas legales de la externalización de servicios
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Tremendo
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/ )
"Computer science is not about computers any more than astronomy is about telescopes." E.W. Dijkstra (1930-2002)
Re:Tremendo
(Puntos:5, Informativo)El pseudoabogado dice
Esta última le imputa la comisión de dos infracciones muy graves tipificadas en los artículos 44.b y e de la LOPD y una grave tipificada en el art. 44.3.h), por las que se les podría imponer una sanción, más o menos, de hasta un millón ochocientos mil Euros.
Pero si vamos a la LODP.
Son infracciones muy graves:
b.
La comunicación o cesión de los datos de carácter personal, fuera de los casos en que estén permitidas.
e.
La transferencia temporal o definitiva de datos de carácter personal que hayan sido objeto de tratamiento o hayan sido recogidos para someterlos a dicho tratamiento, con destino a países que no proporcionen un nivel de protección equiparable sin autorización del Director de la Agencia Española de Protección de Datos.
Pero luego vas a Artículo 34. Excepciones.
k: Cuando la transferencia tenga como destino un Estado miembro de la Unión Europea, o un Estado respecto del cual la Comisión de las Comunidades Europeas, en el ejercicio de sus competencias, haya declarado que garantiza un nivel de protección adecuado.
Entre los cuales se encuentra estados unidos, asi que lo de las dos infracciones muy grave es FALSO.
Luego dice que tambien es una infracción grave, aunque no dice cual y entre las 3 le suman 1800 000 euros, cuando las graves van tan solo hasta los 60 000.
Obviamente la art. 53, t) de la Ley General de Telecomunicaciones tambien se aplica erroneamente, ya que no existen las infracciones de las que habla.
Por si no a quedado claro, en el aviso legal pone
Aviso legal:
Este texto, al igual que las respuestas del Abogado del Navegante, tiene carácter general, no constituyendo un dictamen ni asesoramiento jurídico aplicable a casos concretos. Aquellos lectores que deseen una respuesta personalizada, deberán dirigirse a un letrado, a través del Colegio de Abogados o las correspondientes asociaciones para la defensa de internautas, consumidores y usuarios.
Lo cual ya nos imaginabamos porque quien escribe no tiene ni idea de legislación.
Un FUD en toda regla.
Me temo que se equivoca
(Puntos:3, Interesante)( http://desencadenado.com/ )
He empezado a comentar, pero me ha salido tan largo que he acabado escribiendo un post en mi blog:
http://desencadenado.com/2009/01/el-cuento-de-la-Para el que no tenga tiempo de leerlo: el tal Maestre se equivoca. Aplica criterios a Google Apps que no aplica al servidor interno, y lo de Guantánamo ya es puro disparate.
Consulta a la Agdp
(Puntos:2, Inspirado)Consulta realizada a la Agencia de Protección de datos - www.agpd.ese /1232009193.html [elmundo.es] es correcta.
De la lectura se deduce que si el servidor de correo se encuentra en el extranjero se está incurriendo en un delito.
¿Sucede lo mismo con el hospedaje de páginas web? ¿Si tengo una web que no tiene ninguna base de datos con datos de clientes y la tengo en un servidor en estados unidos por ejemplo, estoy inclumpliendo la lopd?
Un saludo y muchas gracias.
Buenos días, me llamo -------- ----. Les escribo en relación a un artículo publicado en la edición digital de El Mundo acerca de una situación hipotética del uso de correo electrónico en una empresa con respecto a la ley de protección de datos. La cuestión ha creado cierta polémica en la web www.barrapunto.com y personalmente me ha hecho plantearme el uso del correo electrónico en mi empresa. Me gustaría que me aclararan si la información que se da en http://www.elmundo.es/elmundo/2009/01/15/navegant
Ya os contaré lo que me contestan... si contestan...
Un saludo.
Alarmista y falso
(Puntos:1)( Última bitácora: Miércoles, 02 Julio de 2008, 12:51h )
En resumen, no creo que hubiera problema porque tanto Google como Amazon están adscritos a Safe Harbour.
Sin ánimo de ser conspiranoico, pero.....
(Puntos:3, Inspirado)En la web de la propia AGPD esta el tfno de información, llamad alli y vereis como os informa con detalle (todo un logro en los tiempos que corren)
Ahora cabe preguntarse quienes seran los mas perjudicados en caso de realizar la migración de servicios, ¿cuanto se gastaba en licencias de una famosa compañia?, ¿cuanto se gastaría con google?, ¿se quedaría la comañia de brazos cruzados viendo como se le van a escapar un montón de clientes en favor de otro competidor recien llegado?, esas son las cuestiones que deberíamos preguntarnos tras leer ese "inocente" artículo.
Si yo tengo un informático encargadado de la empresa, me fiare de su opinión, no de lo que me diga un experto, al fin y al cabo siempre se buscara la forma de currar menos y ser imprescindible en el proceso.
Un consultor es tan seguro como la bolsa.
Sabemos que el periodismo mercenario es una cosa bastante antigua, se le suele llamar comunmente publirreportajes, algunos medios los disimulan como noticias de interes, etc, etc.
Yo a esto le doy la misma credibilidad que le daría a un directivo de una compañía de antivirus cuando hablan de la seguridad en un sistema linux, cero patatero.
Cosa Nostra manda a una delegación a España para aprender los métodos de la SGAE.
Javier Maestre, Abogado.
(Puntos:1)En fin, que yo lo veo claro. La crisis le debe de estar pasando factura, asi que su razonamiento logico ha concluido que, si mete FUD asaco sobre los temas de la ADPG y la CMT, los empresarios pardiduchos se cagaran, y contrataran sus servicios para que nadie les multe con casi 3 Millones de Euros.
Lo que no se es como los de El Mundo tienen tan poca vergüenza de no avisar. Es como dicen arriba, igualito que entrevistar al directivo de una empresa de antivirus sobre lo malo que son los virus, pues que te va a decir, que no hay que preocuparse? Joder, si es que vive de eso!
http://www.dominiuris.com/quiensoy/javiermaestre.
I am sorry to think that you do not get a man's most effective criticism until you provoke him.