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  • por gilito (8078) el Miércoles, 04 Diciembre de 2002, 05:24h (#151448)
    ( http://barrapunto.com/ )
    En cuanto al artículo 525 de la Constitución Española no tiene ni pies ni cabeza, ¿cómo se gestionan posturas irreconciliables con ese artículo? Es decir, el católico al que le ofende una media luna frente al musulmán al que le ofende un crucifijo. Ya me dirás.

    Parece que no has seguido el debate con atención. El artículo del código penal del que hablamos (alguien lo ha puesto por ahí abajo) lo que dice es que no se puede insultar y despreciar públicamente a la gente que practica su religión.

    Una media luna o un crucifijo no son insultos ni burlas. Son símbolos de una religión. Un videojuego en que los fieles de una religión son masacrados sí puede ser visto como una burla.

    A la iglesia católica le ofenden los homosexuales por ejemplo, a mi sin ir mas lejos me dijo un cura en tiempos que cuando me masturbaba "ofendía a Dios"

    La Iglesia puede ofenderse si quiere por homosexuales o pajilleros, expulsarlos de sus comunidades, y decir que van a ir al infierno.

    ¿Y qué?. El mundo está lleno de grupos, no necesariamente religiosos, con creencias mucho más pintorescas. Se les ignora y ya está. Coño, que ya ha pasado un poco de tiempo. Que se murió Franco. Que se murieron la mitad de aquellos curas que nos atizaban. Que no se puede uno pasar la vida refocilándose en la búsqueda de culpables de por qué no somos tan maravillosos como podríamos haber sido. Después de muchos años de libertad, si algo en mi vida no es como yo quiero, es por MI culpa.