La Ley de Enjuiciamiento Civil establece cómo se han de practicar las pruebas en soporte informático. Suerte han tenido con el juez, porque les podía haber denegado la admisión del cd, por no aportar un ordenador el día del juicio, tal como establece la ley.
De todas formas, tratándose de un tema del que tanto se ha hablado previamente por parte de la Asociación de Internautas, quizás podrían haberle enviado sus abogados, que teóricamente saben de informática, ¿no? Aunque últimamente parece que no ganan muchos juicios, perdieron uno que les puso un socio por echarle, y recientemente también perdieron otro por el dominio .es.
¿Y quien ha dicho que NO aportó el ordenador para poder visualizar los CD's? Efectivamente el demandante llevaba un portatil (no se si se me olvido comentarlo) pero el juez vino a decir que tenia prisa ... que para otro dia ... :-) que hoy tenía mas cosas que hacer ...
Juicios informáticos
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/ )
De todas formas, tratándose de un tema del que tanto se ha hablado previamente por parte de la Asociación de Internautas, quizás podrían haberle enviado sus abogados, que teóricamente saben de informática, ¿no? Aunque últimamente parece que no ganan muchos juicios, perdieron uno que les puso un socio por echarle, y recientemente también perdieron otro por el dominio .es.
Re:Juicios informáticos
(Puntos:1)( http://www.asturlinux.org/~morfeo )