Agradezco mucho tus palabras de aliento (sinceramente, de verdad: no sabes cuanto). Pero tengo que disentir respecto del enfoque que le das al problema, ya que pienso que no se centra en la invasión de la privacidad de las personas; si acaso sí en la privacidad de los asuntos de la empresa, pero esto no atañe a la Ley de Protección de Datos.
Entiendo, y he leido atentamente el artículo que me recomiendas, que dicha ley trata en todo momento del tráfico de datos personales, supuestos que no son de aplicación en éste caso. Sería distinto si kalim0tx0 nos hubiera pasado las capturas sin tratar y hubieramos sido nosotros los que borraramos los datos sensibles: aún cuando esos datos no hubieran sido publicados, podría decirse que se habrían cedido a terceros que no tenían porqué tener acceso a ellos.
Es decir, como argumentaba: en lo que respecta a la protección de datos, el trabajador ha obrado con el celo a que está obligado por ley.
Pienso que la discusión es más bien otra. Tal vez la moralidad para con la empresa, o la proporción o desproporción de la medida tomada por la empresa en relación con la presunta falta del trabajador, etcétera.
Por último decir que uno de los aspectos de las TICs que más nos ha interesado siempre a usuarios y administradores en el portal ha sido el de la privacidad, tema que nos ha ocupado y preocupado desde que yo recuerde; y siempre para defender a los particulares frente a los abusos de los grandes, ante quienes todos somos siempre bastante vulnerables.
Un cordial saludo, y una vez más: gracias (espero tranquilizar tu incertidumbre)
--
un pato a otro: ¿cuack cuark?
el otro al uno: ¡quark top!
Re:Seamos rigurosos
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/~EppingForest/bitacora/ | Última bitácora: Sábado, 15 Octubre de 2005, 22:47h )
Agradezco mucho tus palabras de aliento (sinceramente, de verdad: no sabes cuanto). Pero tengo que disentir respecto del enfoque que le das al problema, ya que pienso que no se centra en la invasión de la privacidad de las personas; si acaso sí en la privacidad de los asuntos de la empresa, pero esto no atañe a la Ley de Protección de Datos.
Entiendo, y he leido atentamente el artículo que me recomiendas, que dicha ley trata en todo momento del tráfico de datos personales, supuestos que no son de aplicación en éste caso. Sería distinto si kalim0tx0 nos hubiera pasado las capturas sin tratar y hubieramos sido nosotros los que borraramos los datos sensibles: aún cuando esos datos no hubieran sido publicados, podría decirse que se habrían cedido a terceros que no tenían porqué tener acceso a ellos.
Es decir, como argumentaba: en lo que respecta a la protección de datos, el trabajador ha obrado con el celo a que está obligado por ley.
Pienso que la discusión es más bien otra. Tal vez la moralidad para con la empresa, o la proporción o desproporción de la medida tomada por la empresa en relación con la presunta falta del trabajador, etcétera.
Por último decir que uno de los aspectos de las TICs que más nos ha interesado siempre a usuarios y administradores en el portal ha sido el de la privacidad, tema que nos ha ocupado y preocupado desde que yo recuerde; y siempre para defender a los particulares frente a los abusos de los grandes, ante quienes todos somos siempre bastante vulnerables.
Un cordial saludo, y una vez más: gracias (espero tranquilizar tu incertidumbre)
un pato a otro: ¿cuack cuark?
el otro al uno: ¡quark top!