Mis conocimientos de derecho no son suficientes para poder interpretar con seguridad las modificaciones, lo que sí se es que a veces se exageran las cosas, por miedo o desconocimiento.
Por ejemplo, el compartir el acceso a internet. Sobre este tema esto es lo único que he econtrado en la reforma (aunque puedo equivocarme, por supuesto):
Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses el que, sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales, facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva, a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica, o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente[...]
Según entiendo (y repito, no soy un experto y puedo equivocarme) se penaliza revender, con ánimo de lucro, una conexión a Internet. Pagar una conexión a internet entre varias personas no es revender con ánimo de lucro.
Y sobre programas para copiar cd´s y dvd´s, no he encontrado nada específico al respecto, a menos que se interprete lo siguiente como aplicable a dichos programas: A quien utilice los equipos o programas que permitan el acceso no autorizado a servicios de acceso condicional o equipos de telecomunicación, se le impondrá la pena prevista en el artículo 255 de este Código con independencia de la cuantía de la defraudación. La diferencia está en que un "cubo" de cable o tarjeta "pirata" de televisión digital tienen como único objetivo ver la tele sin pagar (o por lo menos, para la mayoría de la gente tienen ese único objetivo). Un programa de copia de cd´s no tiene como objetivo mayoritario hacer copias ilegales, aunque también se hagan con él. Por poner una analogía tonta, todos podemos tener un cuchillo, aunque sea potencialmente peligroso, pero no una pistola.
Lo que trato de hacer es fomentar el criticismo con lo que se lee, estamos acostumbrados a indignarnos con las mentiras y medias verdades de Microsoft, etc., pero a veces no nos preocupamos de verificar por nuestra propia cuenta otras noticias. Repito, no soy experto para decir que nos estamos alarmando sin motivo, pero sí afirmo que faltan fuentes y explicaciones detalladas de lo que se dice.
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Computer science is no more about computers than astronomy is about telescopes. -- Dijkstra
Basta con leerselo todo, todo. No sólo lo que citas de forma parcial, no sé si para crear confusión, o de buena fe.
No hace falta ánimo de lucro para ser condenado. Basta que hables a una pluralidad de personas (por ejemplo, escribiendo en Barrapunto) de como acceder a una conexión televisiva o de internet sin permiso:
Artículo 286.3. A quien, sin ánimo de lucro, facilite a terceros el acceso descrito en el apartado 1, o por medio de una comunicación pública, comercial o no, suministre información a una pluralidad de personas sobre el modo de conseguir el acceso no autorizado a un servicio o el uso de un dispositivo o programa, de los expresados en ese mismo apartado 1, incitando a lograrlos, se le impondrá la pena de multa en él prevista.
Sobre la desprotección de DVD y CD. Basta recordarte que cualquier DVD lleva un sistema de codificación Macrovision o algo así, y que a un señor que descifró el DeCCS lo procesaron:
270.3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
¿Sabemos de qué estamos hablando?
(Puntos:3, Interesante)( http://agujerodegusano.aiz.es/ )
Mis conocimientos de derecho no son suficientes para poder interpretar con seguridad las modificaciones, lo que sí se es que a veces se exageran las cosas, por miedo o desconocimiento.
Por ejemplo, el compartir el acceso a internet. Sobre este tema esto es lo único que he econtrado en la reforma (aunque puedo equivocarme, por supuesto):
Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses el que, sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales, facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva, a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica, o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente[...]
Según entiendo (y repito, no soy un experto y puedo equivocarme) se penaliza revender, con ánimo de lucro, una conexión a Internet. Pagar una conexión a internet entre varias personas no es revender con ánimo de lucro.
Y sobre programas para copiar cd´s y dvd´s, no he encontrado nada específico al respecto, a menos que se interprete lo siguiente como aplicable a dichos programas: A quien utilice los equipos o programas que permitan el acceso no autorizado a servicios de acceso condicional o equipos de telecomunicación, se le impondrá la pena prevista en el artículo 255 de este Código con independencia de la cuantía de la defraudación. La diferencia está en que un "cubo" de cable o tarjeta "pirata" de televisión digital tienen como único objetivo ver la tele sin pagar (o por lo menos, para la mayoría de la gente tienen ese único objetivo). Un programa de copia de cd´s no tiene como objetivo mayoritario hacer copias ilegales, aunque también se hagan con él. Por poner una analogía tonta, todos podemos tener un cuchillo, aunque sea potencialmente peligroso, pero no una pistola.
Lo que trato de hacer es fomentar el criticismo con lo que se lee, estamos acostumbrados a indignarnos con las mentiras y medias verdades de Microsoft, etc., pero a veces no nos preocupamos de verificar por nuestra propia cuenta otras noticias. Repito, no soy experto para decir que nos estamos alarmando sin motivo, pero sí afirmo que faltan fuentes y explicaciones detalladas de lo que se dice.
--- Computer science is no more about computers than astronomy is about telescopes. -- Dijkstra
Creo que sí lo sabemos
(Puntos:3, Informativo)( http://barrapunto.com/ )