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    (Puntos:0)
    por pobrecito hablador el Miércoles, 22 Septiembre de 2004, 16:39h (#359399)
    LSSI. Artículo Primero y Único: =============================== "Quienes realicen actividades comerciales en Internet deberán atenerse a lo ya dispuesto en la Ley de Comercio y otra legislación aplicable." ----- El resto sobre. Si la noticia te huele a troll, la LSSI apesta a control gubernamental.
    [ Padre ]