Creo que en lo de que la constitución europea no está por encima de las constituciones nacionales te equivocas; el tribunal constitucional (o el supremo, no recuerdo ahora bien) precisamente por eso ha tenido que dar su visto bueno aquí. En cualquier caso digo lo de la sanidad pública porque en una constitución de 350 páginas que cubre asuntos mucho más triviales no hubiera estado de más una declaración al respecto, teniendo en cuenta que todos los paises que en la actualidad integran la unión la tienen.
preferiría que dejase bien claro que un Estado puede optar por un modelo con sanidad pública, servicios sociales, etc.
Pues se menciona algo sobre que las personas residentes y que se deplacen legalmente por los países de la Unión, tienen derecho a prestaciones de seguridad social según las legislaciones nacionales. Artículo II-94. Entiendo que si en un país exisite la sanidad pública o su constitución o leyes la recogen, no hay motivo para pensar que pueda desaparecer por culpa de la Constitución europea.
Dice en el hecho de las competencias que se le atribuyan a la Unión Europea, lo que no tiene que decir que sea todo. Yo por ejemplo entiendo que si se aprueva una directiva europea de patentes que permita la patentabilidad del software y por la razón que sea España u otro Estado se niega en banda a aceptarla, no podría primar el derecho de la Unión Europea sobre el de España en ese caso, teniendo que negociar una situación especial para España o el país que sea en ese tema concreto. Osea la Unión Europea no puede imponer nada a España por la fuerza, porque la Unión Europea es una asociación libre de Estados que renuncian a cotas de su poder nacional hasta donde quieren, no un Estado soberano. El Reino Unido está fuera de la zona euro de momento, por ejemplo.
Re:Una cosa no la comparto
(Puntos:2)( http://barrapunto.com/ )
Re:Una cosa no la comparto
(Puntos:2)preferiría que dejase bien claro que un Estado puede optar por un modelo con sanidad pública, servicios sociales, etc.
Pues se menciona algo sobre que las personas residentes y que se deplacen legalmente por los países de la Unión, tienen derecho a prestaciones de seguridad social según las legislaciones nacionales. Artículo II-94. Entiendo que si en un país exisite la sanidad pública o su constitución o leyes la recogen, no hay motivo para pensar que pueda desaparecer por culpa de la Constitución europea.
Re:Una cosa la comparto
(Puntos:2)Dice en el hecho de las competencias que se le atribuyan a la Unión Europea, lo que no tiene que decir que sea todo. Yo por ejemplo entiendo que si se aprueva una directiva europea de patentes que permita la patentabilidad del software y por la razón que sea España u otro Estado se niega en banda a aceptarla, no podría primar el derecho de la Unión Europea sobre el de España en ese caso, teniendo que negociar una situación especial para España o el país que sea en ese tema concreto. Osea la Unión Europea no puede imponer nada a España por la fuerza, porque la Unión Europea es una asociación libre de Estados que renuncian a cotas de su poder nacional hasta donde quieren, no un Estado soberano. El Reino Unido está fuera de la zona euro de momento, por ejemplo.