Si un juez te llama a declarar, tienes que contar lo que sabes, estás obligado a ello, y lo mismo ocurre con los periodistas.
Lo que ocurre es que el derecho a de los periodistas a proteger sus fuentes viene del derecho fundamental a la información reconocido en la constitución española. Si los periodistas no pudieran proteger a sus fuentes, la cantidad y calidad de la información que circula podría resentirse, y en consecuencia el derecho a la información de todos.
En estos supuestos lo que se hace es poner los dos derechos en una balanza y considerar cuál tiene preferencia sobre el otro, en el supuesto de que ambos sean fundamentales, en otro caso prevalece siempre el derecho fundamental sobre el que no lo es. En este caso, lo que se está juzgando es si la libertad de información prevalece sobre el derecho a la intimidad de apple, ya que el Código Penal tipifica el delito de revelación de secretos, al menos en la legislación española.
Eso es lo que dijo el constitucional en la sentencia que comentas, no hay privilegio, no hay ley orgánica que regule el secreto profesional, habrá que ver caso por caso si el derecho del periodista prevalece o no.
Porque no tengo puntos, que si no +1 informativo total
Re:quoteando
(Puntos:2)( http://barrapunto.com/ )
Si un juez te llama a declarar, tienes que contar lo que sabes, estás obligado a ello, y lo mismo ocurre con los periodistas.
Lo que ocurre es que el derecho a de los periodistas a proteger sus fuentes viene del derecho fundamental a la información reconocido en la constitución española. Si los periodistas no pudieran proteger a sus fuentes, la cantidad y calidad de la información que circula podría resentirse, y en consecuencia el derecho a la información de todos.
En estos supuestos lo que se hace es poner los dos derechos en una balanza y considerar cuál tiene preferencia sobre el otro, en el supuesto de que ambos sean fundamentales, en otro caso prevalece siempre el derecho fundamental sobre el que no lo es. En este caso, lo que se está juzgando es si la libertad de información prevalece sobre el derecho a la intimidad de apple, ya que el Código Penal tipifica el delito de revelación de secretos, al menos en la legislación española.
Eso es lo que dijo el constitucional en la sentencia que comentas, no hay privilegio, no hay ley orgánica que regule el secreto profesional, habrá que ver caso por caso si el derecho del periodista prevalece o no.
Porque no tengo puntos, que si no +1 informativo total