por
pobrecito hablador
el Martes, 19 Julio de 2005, 10:24h
(#554092)
La Jurisprudencia es una fuente indirecta de nuestro sistema judicial, es decir, que se aplica únicamente en caso de fallar o no existir otras fuentes directas.
Además, la jurisprudencia es potestativa de cada juez (si quiere la aplica, si no, no la aplica) y en España solo puede crear jurisprudencia las decisiones del Tribunal Supremo (y no la del resto de juzgados) cuando ha habido bastantes fallos judiciales en una u otra dirección. De momento solo ha habido una resolución judicial, y no ha sido el Tribunal Supremo quien ha dictado sentencia, así que todavía queda mucho para que haya jurisprudencia en estos casos.
Si no recuerdo mal lo que se quería conseguir con las demandas contra el Canon [derecho-internet.org] era que un juez tuviera que ir al tribunal constitucional para consultar si la ley que pone el cánon es constitucional o no.
Así pues esta victoria no sirve para nada y me demuestra que la ley en determinados casos es una tomadura de pelo. Esperar años para que te devuelvan unos céntimos mal cobrados es una tomadura de pelo a la inteligencia de cualquiera más digna de una peli de Paco Martinez Soria que de la realidad.
por
pobrecito hablador
el Martes, 19 Julio de 2005, 11:38h
(#554183)
No se si lo he entendido bien. La tienda cuando compra los CDs, lo hace pagando el canon, que luego es pagado indirectamente por los consumidores.
Asi que segun esta sentencia, lo unico que se hace es que el canon lo acabe pagando la tienda en lugar de hacerlo el comprador. La SGAE sigue cobrando su diezmo, sin afectarle para nada la sentencia.
Corrijanme si se me ha escapado algun detalle.
Re:Duda
de sorrill
(Puntos:2)
Martes, 19 Julio de 2005, 12:07h
Re:Duda
de el usuario pardillo
(Puntos:1)
Martes, 19 Julio de 2005, 12:10h
Re:Duda
de pobrecito hablador
(Puntos:0)
Martes, 19 Julio de 2005, 12:31h
Re:Duda
de Defero
(Puntos:1)
Martes, 19 Julio de 2005, 12:36h
Re:Duda
de manje
(Puntos:2)
Martes, 19 Julio de 2005, 14:42h
Re:Duda
de josergc
(Puntos:2)
Miércoles, 20 Julio de 2005, 10:02h
(...) ha sido entregada la respuesta a una demanda judicial en contra del cánon (...)
La terminología de esta frase no es correcta, y puede inducir a error. En términos jurídicos, la respuesta a una demanda es la que da el demandado. Es decir, yo interpongo una demanda reclamándote 100 tamagochis, y tú presentas una respuesta diciendo que nanai. Y al final obtenemos la sentencia, que no se nos entrega, sino que se nos notifica. O sea, que quedaría mejor así:
(...) ha sido notificada la sentencia que resuelve una demanda judicial en contra del canon (...)
Luego está lo de "con resolución favorable para el demandante", que se suele decir que se trata de "una sentencia estimatoria de la demanda" (si te dan la razón en parte, sería "parcialmente estimatoria"), pero bueno, eso ya es una cuestión de estilo sin demasiada trascendencia.
¿Sabéis que tienda está ahora protegida contra las reclamaciones de las entidades de gestión?
Batch Pc.
Así que es una magnífica noticia para Reynaldo, para los demás demandantes y para mí. Y todos sois bienvenidos a interponer una demanda o a mejorar el procedimiento.
por
pobrecito hablador
el Martes, 19 Julio de 2005, 21:29h
(#554667)
Si no he entendido mal, la tienda como maximo perderá una mañana (y me pareze que no esta ni obligada a ir) en el juzgado donde diria alguna cosa como:
- Usted ha cobrado este concepto?
- si señoría
No tiene que contratar abogados ni nada. Si el juez le dice que ha de pagar, pues paga los centimos, y sino se vuelve a casa.
Vaya, que a la tienda no le cuesta casi nada, y si el juez le dice que tiene que devolver el dinero, pues el podrá vender los CD mas baratos (sin canon) ya que un juez le ha dicho que no tenia que cobrar ese canon.
Y el canon, es un acuerdo entre dos partes, NO ES UNA LEY.
Y el canon NO ES UN IMPUESTO (aunque lo parezca).
Dos señores han dicho que haran tal cosa y "piden" a los demas que cumplan su trato. Si nadie se atreve a decir "que den por saco a este trato" pues pringamos todos.
Me uno a las felicitaciones, tanto para Javier, por diseñar una estrategia tan acertada (en mi opinión) como para Reynaldo, por tener la paciencia de hacer todos los papeleos para tan aparentemente pequeño beneficio.
por
pobrecito hablador
el Miércoles, 20 Julio de 2005, 13:22h
(#555087)
El tribunal ha declarado que es ilegal que la tienda le cobre el canon, por lo que tendrá que devolverlo. Bien, pero... ¿realmente quién ingresa el dinero en el banco de la $$$$?, la tienda, el fabricante?.
Si lo ingresa la tienda bien, tiene una sentencia en la que le obliga a devolver el importe del canon, así que mientras no haya sentencia en contrario podría no pagar el canon a la $$$$, si quien lo ingresa es el fabricante, la tienda tendrá que reclamar el importe del canon al fabricante, y el fabricante podría devolverlo, o no, a la tienda, pero ... ¿podrá el fabricante acogerse a esa sentencia para dejar de pagar el canon?, ¿en caso de sentencias contradictorias que sucederá?, ¿podría no pagarlo en aquellas jurisdicciones en las que se ha producido una sentencia y tener que pagarlo en el resto de los sitios?.
enhorabuena
(Puntos:3, Inspirado)No creará jurisprudencia
(Puntos:2, Informativo)Además, la jurisprudencia es potestativa de cada juez (si quiere la aplica, si no, no la aplica) y en España solo puede crear jurisprudencia las decisiones del Tribunal Supremo (y no la del resto de juzgados) cuando ha habido bastantes fallos judiciales en una u otra dirección. De momento solo ha habido una resolución judicial, y no ha sido el Tribunal Supremo quien ha dictado sentencia, así que todavía queda mucho para que haya jurisprudencia en estos casos.
Canon.
(Puntos:2, Inspirado)( https://www.linkedin.com/in/luis-gonzalo-soto-aboal-33801815 | Última bitácora: Viernes, 02 Octubre de 2009, 20:51h )
¿Repetimos?
Canon. Sin tilde. Canon...
No tan buena noticia
(Puntos:4, Inspirado)( http://helvete.escomposlinux.org/ )
Así pues esta victoria no sirve para nada y me demuestra que la ley en determinados casos es una tomadura de pelo. Esperar años para que te devuelvan unos céntimos mal cobrados es una tomadura de pelo a la inteligencia de cualquiera más digna de una peli de Paco Martinez Soria que de la realidad.
Duda
(Puntos:0)Asi que segun esta sentencia, lo unico que se hace es que el canon lo acabe pagando la tienda en lugar de hacerlo el comprador. La SGAE sigue cobrando su diezmo, sin afectarle para nada la sentencia.
Corrijanme si se me ha escapado algun detalle.
Cuestión terminológica
(Puntos:1)( http://www.ekinabokatuak.com/ | Última bitácora: Jueves, 22 Febrero de 2018, 07:45h )
(...) ha sido entregada la respuesta a una demanda judicial en contra del cánon (...)
La terminología de esta frase no es correcta, y puede inducir a error. En términos jurídicos, la respuesta a una demanda es la que da el demandado. Es decir, yo interpongo una demanda reclamándote 100 tamagochis, y tú presentas una respuesta diciendo que nanai. Y al final obtenemos la sentencia, que no se nos entrega, sino que se nos notifica. O sea, que quedaría mejor así:
(...) ha sido notificada la sentencia que resuelve una demanda judicial en contra del canon (...)
Luego está lo de "con resolución favorable para el demandante", que se suele decir que se trata de "una sentencia estimatoria de la demanda" (si te dan la razón en parte, sería "parcialmente estimatoria"), pero bueno, eso ya es una cuestión de estilo sin demasiada trascendencia.
abogado en Errenteria [ekinabokatuak.com]
Que cunda el ejemplo!
(Puntos:0)La prueba del algodón
(Puntos:3, Interesante)( http://derecho-internet.org/ )
Batch Pc.
Así que es una magnífica noticia para Reynaldo, para los demás demandantes y para mí. Y todos sois bienvenidos a interponer una demanda o a mejorar el procedimiento.
A la tienda no le cuesta un duro.
(Puntos:0)- Usted ha cobrado este concepto?
- si señoría
No tiene que contratar abogados ni nada. Si el juez le dice que ha de pagar, pues paga los centimos, y sino se vuelve a casa.
Vaya, que a la tienda no le cuesta casi nada, y si el juez le dice que tiene que devolver el dinero, pues el podrá vender los CD mas baratos (sin canon) ya que un juez le ha dicho que no tenia que cobrar ese canon.
Y el canon, es un acuerdo entre dos partes, NO ES UNA LEY.
Y el canon NO ES UN IMPUESTO (aunque lo parezca).
Dos señores han dicho que haran tal cosa y "piden" a los demas que cumplan su trato. Si nadie se atreve a decir "que den por saco a este trato" pues pringamos todos.
La tienda está en mi ciudad
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Viernes, 14 Julio de 2006, 00:21h )
adelante-adelante-abajo-abajo-puñetazo alto [barrapunto.com]
Felicidades!
(Puntos:2)( http://dramor.net/ | Última bitácora: Viernes, 10 Julio de 2009, 16:40h )
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NO a las patentes de software [eurolinux.org] en Europa
Las dudas de un lego.
(Puntos:0)Si lo ingresa la tienda bien, tiene una sentencia en la que le obliga a devolver el importe del canon, así que mientras no haya sentencia en contrario podría no pagar el canon a la $$$$, si quien lo ingresa es el fabricante, la tienda tendrá que reclamar el importe del canon al fabricante, y el fabricante podría devolverlo, o no, a la tienda, pero ... ¿podrá el fabricante acogerse a esa sentencia para dejar de pagar el canon?, ¿en caso de sentencias contradictorias que sucederá?, ¿podría no pagarlo en aquellas jurisdicciones en las que se ha producido una sentencia y tener que pagarlo en el resto de los sitios?.