por
pobrecito hablador
el Miércoles, 28 Junio de 2006, 14:39h
(#768868)
Este comentario me ha encantado:
"Since the SGAE represents *all* copyright holders and collects funds on their behalf, we should expect the FSF (as the copyright holder of vast amounts of GNU software) and Linus (as the primary copyright holder for Linux) to receive a proportion of that income.
And the SGAE can't easilydodge that responsibility either, because to do so would be to accept that much media gets used for things other than music and videos, and that therefore the tax should not apply to all media."
En resumen: Dado que muchos CD y DVD se utilizan para distribuciones de Linux y software libre, espero que Linus y la FSF estén recibiendo de la SGAE su parte, como poseedores de un copyright ¿Lo están haciendo realmente? ¿Se lo preguntamos a la SGAE?
El problema es que la SGAE es como la iglesia, tiene respuestas para todo.
En este caso te dirian que si, que es cierto que algunos soportes no se usan para grabar musica pero que tambien es cierto que el canon de 1 cd no compensa las perdidas de la musica que se graba en el. Es decir, que si solo cobrasen canon para los cds donde se graba musica solo recibirian un tanto por ciento muy reducido de lo que hubieran recibido si hubieras comprado el cd original.
Eso se compensa cobrandole el canon a todos los cds y asi salen las cuentas.
Evidentemente no estoy defendiendo la SGAE sino simplemente intentando imitar la respuesta que ellos darian.
Por lo que yo tengo entendido el canon se paga como compensación por la copia privada y si no recuerdo mal hay una normativa europea que indica que si se permite la copia privada debe haber un canon compensatorio (lo que no indica es como calcularlo, quien lo paga, sobre que cosas se graba dicho canon...).
Por este motivo el canon ya se pagaba en cintas de casette, de video y en fotocopiadoras. Y las SGAE no son las únicas que reciben el canon, AGEDI, AEI.. también lo reciben.
En el software no se contempla el derecho a copia privada, sino copia de seguridad, por lo que no puede beneficiarse de un canon.
El problema del canon viene por la forma de calcular dicho canon. Antes, cuando se calculó el canon para cintas de casette y de video se estableció un precio por minuto de grabación que permitiera el dispositivo. Cuando intentaron aplicar ese mismo precio sobre los cd y dvd vieron que era un precio desorbitado ya que calcularon que un cd tenia una capacidad de grabacion según lo que cabía en mp3, no los 80 minutos que pone en las cajas...
Así que como ese metodo no valía pues creyeron que la mejor forma para compensar las copias privadas era dividir el dinero que se perdía por la copia privada entre el número de cds y dvds que se vendían y así tenían el problema resuelto. Pero ahora tenían el problema de saber cuanto dinero se perdía por la copia privada, que como no tenían posibilidad de saberlo se lo preguntaron a las SGAE, las cuales decidieron que cada descarga de internet de un disco era una copia no vendida y solamente calcularon...
Esta información la conozco porque en la XXIII Ritsi celebrada en Valencia entre el 2 y 6 de Noviembre del 2005 tuvimos una mesa redonda con representantes del ministerio que nos hablaron de este tema y nos contaron estas cosas.
Interesante comentario en Slashdot
(Puntos:1, Interesante)Re:Interesante comentario en Slashdot
(Puntos:2)( http://barrapunto.com/ )
En este caso te dirian que si, que es cierto que algunos soportes no se usan para grabar musica pero que tambien es cierto que el canon de 1 cd no compensa las perdidas de la musica que se graba en el. Es decir, que si solo cobrasen canon para los cds donde se graba musica solo recibirian un tanto por ciento muy reducido de lo que hubieran recibido si hubieras comprado el cd original.
Eso se compensa cobrandole el canon a todos los cds y asi salen las cuentas.
Evidentemente no estoy defendiendo la SGAE sino simplemente intentando imitar la respuesta que ellos darian.
Saludos.
Re:Interesante comentario en Slashdot
(Puntos:1)( http://www.printsudoku.com/ )
Por lo que yo tengo entendido el canon se paga como compensación por la copia privada y si no recuerdo mal hay una normativa europea que indica que si se permite la copia privada debe haber un canon compensatorio (lo que no indica es como calcularlo, quien lo paga, sobre que cosas se graba dicho canon...).
Por este motivo el canon ya se pagaba en cintas de casette, de video y en fotocopiadoras. Y las SGAE no son las únicas que reciben el canon, AGEDI, AEI.. también lo reciben.
En el software no se contempla el derecho a copia privada, sino copia de seguridad, por lo que no puede beneficiarse de un canon.
El problema del canon viene por la forma de calcular dicho canon. Antes, cuando se calculó el canon para cintas de casette y de video se estableció un precio por minuto de grabación que permitiera el dispositivo. Cuando intentaron aplicar ese mismo precio sobre los cd y dvd vieron que era un precio desorbitado ya que calcularon que un cd tenia una capacidad de grabacion según lo que cabía en mp3, no los 80 minutos que pone en las cajas...
Así que como ese metodo no valía pues creyeron que la mejor forma para compensar las copias privadas era dividir el dinero que se perdía por la copia privada entre el número de cds y dvds que se vendían y así tenían el problema resuelto. Pero ahora tenían el problema de saber cuanto dinero se perdía por la copia privada, que como no tenían posibilidad de saberlo se lo preguntaron a las SGAE, las cuales decidieron que cada descarga de internet de un disco era una copia no vendida y solamente calcularon...
Esta información la conozco porque en la XXIII Ritsi celebrada en Valencia entre el 2 y 6 de Noviembre del 2005 tuvimos una mesa redonda con representantes del ministerio que nos hablaron de este tema y nos contaron estas cosas.